Alejandro Rebolledo afirmó que: “La recuperación de activos ilegales
exportados por corruptos a otros países, es esencial para la estabilidad
socio-económica de los más necesitados de la región».
Se estima que cada año se pierden entre 1 y 16 billones de dólares por
actividades ilegales, donde los funcionarios corruptos en los países en
desarrollo y de transición saquean hasta US$40.000 millones cada año,
ocultando esos fondos en el exterior, con dificultad para su recuperación.
Dicha cifra equivale al PIB anual de los 12 países más pobres del mundo, en
los que viven 240 millones de habitantes.
Así lo dio a conocer el abogado Alejandro Rebolledo, penalista, consultor,
asesor y especialista antilavado de dinero, quien agregó que “las
consecuencias de esta acción delictiva conducen a la degradación y la
desconfianza en las instituciones públicas, el debilitamiento en las
inversiones privadas y la corrupción en todos sus niveles, por cuanto el
saqueo de los activos origina el estancamiento del desarrollo de los
pueblos que no cuentan con los activos estatales que han sido robados”.
Afirmó que “mientras crece la corrupción, también se extiende la necesidad
de recuperar los bienes expatriados. Anteriormente, si un Estado decomisaba
bienes ilegítimos, soberanamente podía decidir que hacía con ellos. Tenía
la facultad de proceder a la devolución de los mismos, lo cual se hacía o
no, como un acto de buena voluntad y camaradería, esperando reciprocidad en
algún momento”.
Legislación internacional
Actualmente, indicó, «en la Convención de las Naciones Unidas contra la
Corrupción en 2003, se estableció reconocer a los países víctimas de la
corrupción el derecho de recobrar los activos ilegales exportados a otros
países, para repatriarlos por medio de la cooperación internacional».
«Es de aclarar, que si bien esta cooperación acelera los procesos de
recuperación de activos ilegales, es cierto que en algunos Estados existe
cierta reticencia a adoptar la modificación en su legislación interna
necesaria al efecto. Según las Naciones Unidas, si se puede probar que
existió malversación o peculado y/o blanqueo de fondos públicos o privados,
o si los activos decomisados provienen de fraudes, sobornos, el dinero
puede volver al Estado de origen».
«Existe también la Convención Interamericana Contra La Corrupción.
Organización de Estados Americanos; la Declaración de Quito sobre
Desarrollo Social y Democracia frente a la Incidencia de la Corrupción y la
Decisión del Consejo de la Unión Europea:»
Legislación en Venezuela
«Acá contamos con la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela;
la LOCDOFT; COPP; Código de Procedimiento Civil y la Ley Contra la
Corrupción. Además, el presidente Nicolás Maduro creó la Policía
Anticorrupción, para prevenir y erradicar esta actividad, como parte del
rescate de los principios y valores, seguridad y estabilidad para el país».
«El esfuerzo de crear un cuerpo policial merece el apoyo y beneplácito de
cada ciudadano. Sin embargo se debe tener cuidado con la selección del
personal, por el manejo de información e investigación que es sumamente
sensible. Los funcionarios podrían ser fácil de corromper por el crimen
organizado”. Acotó.
“La doble moral” presente en muchos funcionarios y empresarios, alimentan
la discriminación social y la corrupción, a través de una ceguera
voluntaria que permite la evasión fiscal, el contrabando, la legitimación
de capitales, la extracción de activos a otros países, originando que la
delincuencia organizada avance… Erradicarla será posible si mejoramos los
valores morales, la justicia social y los derechos fundamentales de los
ciudadanos, empresarios y gobiernos».
«Por tal razón, la recuperación de los activos saqueados, es una
herramienta fundamental para darle duro a los delincuentes donde más le
duele…el bolsillo… Y con esos activos recuperados serían muchos los
programas de interés social que se pueden costear para beneficio de los
habitantes». Concluyó Alejandro Rebolledo.
LV