Caracas, 09 Feb. AVN.- El Gobierno nacional ajustó el tabulador de sueldos para los trabajadores del sector público, el cual entró en vigencia tras su publicación en la Gaceta Oficial No 418.566, de fecha 6 de febrero, que circuló este lunes.
Por intermedio del decreto 1.600 se establece un incremento de los salarios para los distintos niveles y rangos de los trabajadores públicos, que va desde 5.622, 48 bolívares mensuales, nuevo salario mínimo, para el personal administrativo bachiller, hasta 13.836, 09 bolívares para los profesionales universitarios de mayor rango, a partir del 1ro de febrero.
Asimismo, se publicó el Decreto 1.601 que ajusta el sistema de remuneraciones para los obreros del sector público, el cual va desde un rango entre el salario mínimo y un máximo de 8.433,71 bolívares fuertes para el primer grado no calificado hasta un máximo de 9.597, 24 bolívares fuertes para el rango de supervisor correspondiente al décimo grado.
En ambos decretos se establece que los órganos y entes de la administración pública nacional no podrán otorgar ingresos de carácter salarial distintos a los previstos por esta norma, así como establece que dichas escalas salariales son aplicables para los funcionarios y obreros de las gobernaciones y alcaldías así como sus órganos adscritos.
Igualmente se oficializó, en el Decreto 1.599, el aumento de 15% en el salario mínimo mensual, anunciado por el presidente de la República, Nicolás Maduro, el pasado 21 de enero durante su mensaje anual a la nación.
Con este incremento, que también se hace extensivo para pensionados y jubilados, el salario pasa de 4899,54 a 5622,48 bolívares fuertes . A ese ingreso se suman los tickets de alimentación, que se ubican entre 1905 y 2857 bolívares mensuales.
En este sentido,la jornada laboral diurna queda establecida en 187,42 bolívares diarios.
De igual manera, indica el incremento del salario mínimo mensual para los adolescentes aprendices en 15%, con lo cual esta remuneración queda establecida en 4.181.34 bolívares mensuales, es decir, una remuneración por jornada laboral diurna de 139,38 bolívares diarios.
Durante los 15 años de Gobierno Bolivariano, el Ejecutivo ha aprobado 29 incrementos salariales, lo que contrasta con los nueve aumentos otorgados durante entre 1974 y 1998, durante los gobiernos de la IV República.