La Vicepresidencia de la República estableció las características de las vallas que deberán ser colocadas en los sitios de ejecución de obras, contratadas por las Entidades Político Territorial (EPT) y Organizaciones de Base del Poder Popular (Obpp), así como en otras instancias populares.
De acuerdo a la Gaceta Oficial número 40.603, que circula este jueves, “las vallas deberán ser instaladas en un sitio visible, a fin de garantizar el ejercicio de la Contraloría Social y la supervisión de los proyectos por parte del Fondo de Compensación Interterritorial (FCI)”.
Según dicha providencia, las dimensiones de las vallas que deben instalarse en la ejecución de obras son las siguientes:
Las características de las vallas que deben instalarse en la ejecución son las siguientes:
a) Tela PVC para la identificación.
b) Perfiles metálicos para la armadura estructural (Altura visible).
c) Estructura metálica ahogada en concreto hasta de 1.00 m de profundidad.