Para cancelar este tributo la Ley permite únicamente a las personas naturales la facilidad de fraccionar el pago en tres porciones, cuyo tercer período vence este domingo, pero como esta fecha cae día inhábil para la Administración Tributaria se desplaza el cierre de este período.
En este sentido, el superintendente del Seniat, José David Cabello Rondón, exhorta a los contribuyentes a realizar el pago en el plazo establecido con el fin de evitar multas por incurrir en ilícitos tributarios establecidos en el Código Orgánico Tributario.
También refiere que aquellas personas que se retrasen en el correspondiente pago deberán cancelar una multa proporcional con el monto adeudado.
Las multas por no realizar la declaración del impuesto sobre la renta pueden ser de 50 a 150 unidades tributarias.