Ante la contundencia de las pruebas presentadas por el Ministerio Público, fue condenado a 30 años de prisión Rafael Parra Clipton (67) y Yajaira Mendoza (38), por su responsabilidad en el abuso sexual y muerte de su hijo de 2 años de edad, hecho ocurrido el 05 de mayo de 2014, en una vivienda de la parroquia Unare, municipio Caroní de Puerto Ordaz, estado Bolívar.
En la audiencia de juicio, la fiscal 10° del segundo circuito de esa jurisdicción, Yaurimara Parra, ratificó la acusación contra el hombre por los delitos de abuso sexual a niño en acción continuada y homicidio intencional calificado; mientras que a la mujer se le ratificaron los mismos tipos penales pero en grado de cómplice necesario.
Luego de evaluar los medios de pruebas presentados por la representante del Ministerio Público, el Tribunal 2º de Juicio del segundo circuito del estado Bolívar dictó la mencionada condena para ambos, por lo que Parra Clipton cumplirá su pena en el Centro Penitenciario de la Región Centro Oriental (El Dorado); mientras que Mendoza permanecerá en el Centro de Coordinación Policial Vizcaíno de San Félix, hasta tanto un tribunal de ejecución decida su lugar de reclusión.
La mañana del referido día, los hoy condenados, llamaron al servicio de emergencias 171 para reportar que el niño había amanecido sin signos vitales.
Seguidamente, el infante fue trasladado a un centro hospitalario cercano, donde los galenos determinaron que la causa de la muerte había sido asfixia mecánica.
De la misma manera, tras efectuarle a la víctima los respectivos exámenes médicos se pudo constatar que presentaba rastros de abuso sexual de vieja y reciente data.
En virtud de tal situación, funcionarios del Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas aprehendieron a Parra Clipton y Mendoza, quienes de inmediato fueron puestos a la orden del Ministerio Público.