Las pandillas son grupos terroristas en El Salvador. Así lo estableció la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia que este lunes resolvió que la Ley Especial contra Actos de Terrorismo no violenta la Constitución.
Según el fallo de los magistrados, las pandillas denominadas como Mara Salvatrucha (MS) y Pandilla 18, además de cualquier otra estructura criminal que atente contra el bienestar de la población y la atemorice, son grupos terroristas debido a que son los responsables de “atentados sistemáticos a la vida, seguridad e integridad personal de la población”, según un comunicado emitido por la Sala de lo Constitucional.
“Ahora los jueces ya no podrán decir que la Ley no se puede aplicar. Hoy en día tenemos grupos actuando y haciendo actos de terrorismo”, le dijo a CNN el vicepresidente del Congreso salvadoreño, el diputado Guillermo Gallegos.
De hecho, la Sala reconoce en la sentencia que la población es víctima de estos grupos irregulares porque además de los ataques perpetrados contra las autoridades civiles, militares, policiales y penitenciarias, propiedades, las extorsiones, amenazas y otros delitos han obligado a muchas familias a cambiar su lugar de residencia por temor a sufrir ataques contra su integridad.
“Lo que implica es perseguir a estos grupos criminales por su condición y no solo por los hechos que cometen”, explicó a CNN el subdirector de la Policía Nacional Civil, Howard Cotto.
La sentencia también ratifica herramientas de combate al crimen como las intervenciones telefónicas, las declaraciones de víctimas, testigos e imputados por medio de canales electrónicos, la congelación de fondos de terceros implicados con grupos terroristas.
“El problema de violencia y delincuencia en El Salvador no es por falta de leyes, sino falta aplicabilidad de las que ya existen”, afirmó el abogado Julio Valdivieso, experto en temas de seguridad.
Por otra parte, los magistrados declararon que los apartados en la ley que se refieren a la equiparación de la pena por actos preparatorios y en los delitos de apología e incitación pública a los actos de terrorismo son inconstitucionales.
Para legislar en esta materia, los magistrados establecen en la sentencia un plazo de seis meses para que los diputados puedan aprobar los cambios en la Ley.