Para el diputado Roy Daza, vicepresidente del Parlatino -Venezuela el dictamen de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en relación al caso RCTV carece de validez, “es nula de toda nulidad desde el punto de vista jurídico, pues la CIDH no tiene jurisprudencia para tratar casos que sólo le competen a la República Bolivariana de Venezuela”.
El parlamentario aseguró que la Constitución y las leyes expresan que el espectro radiofónico es propiedad de la nación, lo administra el Estado venezolano y es el Estado quien decide si otorga o no una concesión o si la rescinde.
“El caso de que el Estado sea propietario del espectro radioeléctrico le da el derecho de establecer la metodología y tiempos para que las concesiones se den. Ninguna concesión pertenece a ninguna empresa privada, por poderosa que sea”.
Además, insistió que Venezuela renuncio al tratado de afiliación de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, esto durante el gobierno del expresidente Hugo Chávez.
“No admitimos, bajo ningún respecto que la CIDH se inmiscuya en asuntos internos de Venezuela y mucho menos que den respaldo a un grupo conspirador que actúa contra la República Bolivariana de Venezuela y contra la ciudadanía”
La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) publicó este lunes un fallo en el que condena al Estado y le exige restablecer la frecuencia a Radio Caracas Televisión.
La CorteIDH dio por “probado que en el presente caso se configuró una restricción indirecta al ejercicio del derecho a la libertad de expresión producida por la utilización de medios encaminados a impedir la comunicación y circulación de la ideas y opiniones”.