La comunidad y la organizaciones sociales, así como los órganos competentes del Sistema de Protección del Niño, Niña y del Adolescente, «tienen el deber de denunciar a los vendedores clandestinos de explosivos y a quienes expendan fuegos artificiales y otros detonantes, a niños, niñas y adolescentes»
Así lo informó la presidenta del Consejo Municipal de Derechos del Niño, Niña y Adolescentes de Valencia, estado Carabobo (CMDNNA), Eyerdy Marroquí, quien exhortó a los expendedores de estos artefactos a no vender ni facilitar la adquisición de ese tipo de explosivos a los menores de edad.
Explicó que ante la cercanía de las festividades decembrinas, en la ciudad ya se comienza a observar la proliferación de este tipo de material pirotécnico, calificado como peligroso para ser manipulado por menores de edad y personas sin experiencia.
Recordó que el artículo 262 de la Ley Orgánica de Protección del Niño, Niña y Adolescente, reza que «quien venda, suministre o entregue a un adolescente fuegos artificiales, será penado con prisión de tres (3) meses a un año. Si la venta, suministro o entrega se hacen a un niño o niña, la prisión será de seis meses (6) a dos (2) años. En estos casos, según la gravedad de la infracción, se podrá imponer igualmente el cierre del establecimiento hasta por diez días».
Apuntó que estas denuncias deberán ser dirigidas a las autoridades civiles y policiales del Municipio o Estado para así evitar que se generen situaciones lamentables a causa de la manipulación de estos artificios.
AVN