Deberá pensarse en elección presidencial sin reelección inmediata, por cuanto es de ventajismo utilizar los medios del Estado para el proselitismo de quien detenta el poder
Venezuela ha tenido más de veinte constituciones desde la Constitución de 1830, todas ellas de tintes político-partidistas, acomodadas al gobierno de turno.
La vigente Constitución de la República Bolivariana de Venezuela fue bautizada como “refundadora de la República”, lo que conlleva implícito el personalismo de su mentor.
La República de Venezuela fue fundada por el General José Antonio Páez a partir de la Constitución de 1830, cesando la Constitución de la Gran Colombia creada en el Congreso de Cúcuta en 1821, cumpliendo con la Ley Fundamental del Congreso de Angostura en 1819, donde el Libertador Simón Bolívar impuso la unión de Nueva Granada y Venezuela y luego adhiriéndose Ecuador. La República es única e inmutable que no admite “refundaciones”.
La historia es implacable con hechos reñidos con la idiosincrasia de los pueblos, inaceptando la minusvalía política de Venezuela por la centralización del poder en Bogotá y el deseo del Libertador en plasmar la Constitución de Bolivia de 1826 para toda la Gran Colombia, otorgándose la presidencia vitalicia con facultades de designar su sucesor. No fue tolerada ni por los neogranadinos ni por los venezolanos, aunado a las controversias entre Bolívar y Santander y este con Páez.
Varios aspectos de la vigente Constitución, como denominar la República como Bolivariana, es incongruente. La República de Venezuela, sin calificarla de Bolivariana, es bolivariana por antonomasia, pero indudablemente fue secuestrado el bolivarianismo con el propósito de ser bandera política-partidista.
Deberá pensarse en elección presidencial sin reelección inmediata, por cuanto es de ventajismo utilizar los medios del Estado para el proselitismo de quien detenta el poder y establecerse la segunda vuelta, por ser más democrático.
Las llamadas leyes habilitantes no son más que una delegación de funciones de la Asamblea sometida al criterio legislativo del Jefe del Gobierno a lo Cincinato y a las dictaduras de Bolívar, lo que en un Estado Republicano no debe existir.
La Asamblea debe ser Congreso, con dos Cámaras, Senadores y Diputados. Los Senadores representan a las entidades estadales en un Estado Federal Descentralizado, y asimismo, el Tribunal Supremo de Justicia debe ser Corte Suprema de Justicia. Tanto la Asamblea como el Tribunal Supremo de Justicia, tal como existen en la actualidad, son copias al carbón de Cuba marxista.
Por último, el preámbulo de la vigente Constitución fue dictado para vivir en una sociedad democrática y no como se ha malinterpretado, que al ser Estado Democrático y Social, lo social debe considerarse de socialismo marxista.
El país deberá reflexionar para vivir en un Estado de Derecho Justo y con una Constitución Justocrática.
EPÍGRAFE
“Ser bueno es fácil, lo difícil es ser justo”
Víctor Hugo
Cesáreo José Espinal Vásquez
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