Más grave todavía es que no se acata lo que ordena el artículo 136 de la Constitución nacional según el cual: “Cada una de las ramas del poder público tiene sus funciones propias, pero los órganos a los que incumbe su ejercicio colaborarán entre sí en la realización de los fines del Estado”
Hace 15 días abordé, en este mismo espacio, el tema de la crisis moral que atraviesa nuestro país
Hoy quiero hacer referencia a la crisis política. Esa crisis se manifiesta de múltiples maneras. La más evidente es la debilidad de la arquitectura institucional del país.
La prueba al canto. El Ejecutivo no funciona. No tenemos gobierno. Si tuviéramos gobierno, no habría unos índices tan elevados de delincuencia, de homicidios y de robos.
El gobierno se inventó para proteger la vida y la propiedad de los ciudadanos. En Venezuela hoy, ni la vida ni la propiedad están protegidas.
El Legislativo no legisla. Desde hace más de 20 años, el órgano legislativo del poder público lo que hace es aprobar leyes que delegan en el Poder Ejecutivo la facultad de legislar.
Ahora, que se supone que contamos con una Asamblea Nacional autónoma e independiente como consecuencia de las elecciones del 6 de diciembre del año pasado, resulta que el Ejecutivo nacional, utilizando como instrumento al Poder Judicial, desconoce las atribuciones y las facultades de la rama legislativa.
Más grave todavía es que no se acata lo que ordena el artículo 136 de la Constitución nacional según el cual: “Cada una de las ramas del poder público tiene sus funciones propias, pero los órganos a los que incumbe su ejercicio colaborarán entre sí en la realización de los fines del Estado”.
El Poder Judicial tampoco funciona. Si alguna rama del poder público tendría que ser independiente y autónoma es el Poder Judicial. Nadie en Venezuela cree que el Poder Judicial tenga ninguna autonomía ni ninguna independencia. Se trata de un instrumento obediente a las órdenes del Ejecutivo. Además, la competencia y la idoneidad de los jueces dejan mucho que desear.
Existe además un Poder Ciudadano integrado por el Defensor del Pueblo, el Fiscal General y el Contralor General de la República.
Basta con leer el artículo 274 de la Constitución nacional y contrastarlo con la realidad de todos los días para darnos cuenta de que lejos estamos de los objetivos descritos en el texto constitucional.
Los niveles de corrupción sin precedentes que estamos contemplando revelan el grado de impunidad y de ausencia de un poder contralor medianamente confiable.
Está planteada, como un objetivo estratégico fundamental, la reconstrucción institucional de la República. Más que redactar una nueva constitución en una nueva Asamblea Nacional Constituyente, lo que está planteado es cumplir lo que dice la Constitución para ver si alguna vez logramos acatar el texto constitucional antes de cambiarlo.
Eduardo Fernández