El Ministerio de Interior, Justicia y Paz estableció las normas que regulan el uso de la bandera nacional
Entre sus principales aspectos, se encuentra la prohibición a utilizar el pabellón como un elemento decorativo. Sin embargo, no especifica cuáles serían estos usos.
En el decreto publicado en la Gaceta Oficial número 41019, de fecha 28 de octubre, se establece que el tricolor nacional debe izarse en todos los órganos, entes y dependencias del Poder Público desde las 6:00 de la mañana y bajarse del asta a las 6:00 de la tarde.
El documento establece que en las instalaciones de las Misiones, Bases de Misiones, principales vías de tránsito y terminales de pasajeros de la nación debe mantenerse la bandera izada las 24 horas del día.
YM