La Asamblea Nacional de Ecuador aprobó la Ley Orgánica de Movilidad Humana, que garantiza los derechos de las personas en situación de migración y asegura que «nadie será ilegal por su condición migratoria». La Asamblea, con el voto unánime de todos los legisladores, aprobó el cuerpo normativo que establece derechos y obligaciones para emigrantes, inmigrantes, personas en tránsito, quienes requieren protección internacional, víctimas de delitos de trata de personas y de tráfico ilegal de migrantes. El Legislativo indicó en un comunicado que la ley promueve acciones «para proteger a quienes se encuentren en movilidad humana, se reconoce que son iguales ante la ley y que nadie será ilegal por su condición migratoria». Para los ecuatorianos que residen en el exterior, la ley reconoce su derecho a la participación política, acceso a becas, educación a distancia y establece normas para la repatriación de cadáveres, búsqueda de personas desaparecidas, protección consular, salud, acceso a la justicia, servicios de registro civil e identidad. Para los extranjeros en Ecuador, la norma simplifica los requisitos para obtener su condición migratoria y establece dos tipos de residencia: temporal o permanente. También sintetiza los trámites para otorgar el visado a extranjeros y establece ocho figuras en este campo: residente temporal, temporal de excepción, permanente, diplomática, humanitaria, de turista, especial de turismo y por convenio. Asimismo, duplica el tiempo de autorización de permanencia en el país de noventa a 180 días y obliga a los extranjeros a contar con un seguro de salud por el tiempo de su estadía. Los ecuatorianos que retornen al país podrán homologar la capacitación profesional, tendrán derecho a la reinserción al sistema educativo en todos sus niveles, acceso al sistema financiero, tendrán prioridad en créditos para emprendimientos y la posibilidad de traer su menaje de casa sin pagar tributos. La ley también establece una regulación para la comunidad suramericana, pues los ciudadanos de la región podrán ingresar, circular y salir de territorio ecuatoriano con la sola presentación del carné de identidad.