Ningún órgano del Poder Público, puede defraudar, contrariar o modificar el mandato que emana de la soberanía popular
Elías Jaua Milano.
Todos los teóricos de la Ciencia Política coinciden en que el poder constituyente es originario, en tanto potencia inmanente que tiene el pueblo, entendido éste como sujeto histórico para organizar, transformar o cambiar el modelo societal donde quiere vivir. Los teóricos a favor de la burguesía, a través de la tesis de la democracia representativa, universalmente impuesta a sangre y fuego, castraron ese poder originario, al establecer que el mismo podía ser transferido a unos representantes, que se arrogan el derecho de decidir por la mayoría, aun en contra de los intereses generales de la misma.
Nuestra Asamblea Nacional Constituyente de 1999, convocada por el comandante Hugo Chávez, en la cual tuve el privilegio de ser constituyente, restituyó en el texto constitucional que de ella emanó y que luego fue aprobado por el pueblo, el carácter originario e intransferible de la soberanía popular.
Es así como lo expresa el artículo 5 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela: “La soberanía reside intransferiblemente en el pueblo”. “Los órganos del Estado emanan de la soberanía popular y a ella están sometidos”. En consecuencia ningún órgano del Poder Público, puede defraudar, contrariar o modificar el mandato que emana de la soberanía popular.
Esta desviación se da en la actualidad venezolana, en la cual la mayoría parlamentaria de la contrarrevolución, que logró ser electa bajo la oferta electoral de contribuir a superar los problemas en el abastecimiento de productos, pero que al instalarse en el ejercicio de sus funciones trastocó ese mandato por un intento fallido de derrocar al gobierno democrático del presidente Nicolás Maduro Moros, cuyo mandato también emanó de la misma soberanía popular, y que en justicia hay que reconocer los grandes esfuerzos hechos por el compañero presidente, en medio de grandes dificultades, para intentar honrarlo.
Frente a ese fraude político de la mayoría contrarrevolucionaria en la Asamblea Nacional, han tenido que actuar el resto de los poderes públicos, en el marco de la Constitución, para salvaguardar la soberanía y el Estado Democrático Social de Derecho y de Justicia.
Es necesario destacar que esas actuaciones, siempre, deben hacerse en el marco de sus competencias y del más absoluto respeto al referido artículo 5 constitucional. En tal sentido, fue muy oportuna la intervención del presidente Maduro, como Jefe de Estado, en la reciente controversia entre poderes, respecto a este tema.
Nadie puede usurpar, bajo ningún pretexto, el poder originario del pueblo. Nosotros disponemos de los mecanismos para el ejercicio pleno de nuestra soberanía, a través de lo previsto en la Carta Magna, a saber, el sufragio; los mecanismos de participación directa y el sagrado derecho a la rebelión frente al agravio que desde la OEA y la mayoría parlamentaria de la Asamblea Nacional se hace a nuestra independencia nacional y a nuestro derecho a vivir en paz.
Frente a la agresión y a las constantes provocaciones debemos recordar, hoy más que nunca, al Comandante Chávez cuando nos dijo: “Ni pacto con la burguesía, ni desenfreno revolucionario. La revolución bolivariana debe avanzar al ritmo que las circunstancias históricas le permiten”.
Como pueblo y en ejercicio de nuestro poder originario, sabremos despejar el horizonte de la patria. Trabajo, lucha, serenidad y paciencia histórica para preservar la república. Tengamos confianza, con el pueblo y por el pueblo. ¡Venceremos!
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«Disponemos de los mecanismos para el ejercicio pleno de nuestra soberanía, a través de lo previsto en la Carta Magna, a saber, el sufragio…»