La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia admitió la acción por intereses colectivos interpuesta por un grupo de ciudadanos contra el gobernador del estado Miranda, Henrique Capriles Radonski, informó Unión Radio.
Así lo indica la sentencia N° 389/2017, que igualmente acordó amparo cautelar que ordena al gobernador mirandino realizar todas las acciones y utilizar los recursos materiales y humanos necesarios, en el marco de la Constitución y la ley, a fin de evitar que se coloquen obstáculos en la vía pública que impidan el libre tránsito de las personas y vehículos, además, proceder a la inmediata remoción de tales obstáculos y mantener las vías y zonas adyacentes a éstas libres de barricadas.
La Sala también le ordena cumplir con su labor de ordenamiento del tránsito de vehículos para garantizar un adecuado y seguro desplazamiento por las vías públicas y ejercer la protección de los vecinos y habitantes de la entidad, impidiendo reuniones que coarten el libre tránsito y en las que se consuman bebidas alcohólicas y sustancias psicotrópicas y estupefacientes; garantizar la protección a los niños, niñas y adolescentes para que ejerzan plenamente sus derechos y garantías de conformidad c