El CNE ha devenido en forma inexcusable en la excesiva tardanza de la celebración de las elecciones estadales con mandato expreso de la Constitución Nacional y luego, de modo complaciente, instantáneo, ha aceptado la iniciativa del Presidente en forma súbita e imprevista
Los consensos o acuerdos son indispensables, fundamentales, en la conformación de una Asamblea Nacional Constituyente, órgano extraordinario que surge por el vigoroso impulso de las diversas tendencias más numerosas de una sociedad.
Esa ha sido la práctica que antecede una operación de ella en los países que la han impulsado.
Así, plasmada en un escenario claro y transparente ha de ser ante la ciudadanía plena. No puede haber dudas sobre ella, mucho menos reservas, en el respeto a principios esenciales del Derecho Electoral, tales como el de la universalidad e igualdad de los electores, la proporcionalidad de las circunscripciones y la motivación y protección del órgano rector del proceso, el CNE.
Precisamente en la actual coyuntura, él ha devenido en forma inexcusable en la excesiva tardanza de la celebración de las elecciones estadales con mandato expreso de la Constitución Nacional y luego, de modo complaciente, instantáneo, ha aceptado la iniciativa del Presidente en forma súbita e imprevista. Así la figura se ha desdibujado, tal como ha aparecido y ha tenido la reserva y rechazo de amplias capas electorales, lo que dibuja no un clima de aceptación, sino lo contrario a un proceso de indispensable apoyo e impulso masivo.
La conducta del CNE se aparta de los postulados del ordenamiento electoral, el cual describe precisos trámites y plazos en el proceso de conformación de una ANC con miras a pavimentar la participación y confianza ciudadana.
La operación constituyente debe dibujar con precisión el cuadro de elaboración del nuevo texto: lógica integración, duración, la participación con arreglo a los principios enunciados donde priva la imparcialidad del órgano y no el impulso ya elaborado del Ejecutivo en un resultado acomodaticio.
El CNE como árbitro y poder electoral retrasa elecciones, pero impulsa un proceso complejo y trascendental en forma veloz, sin los resguardos de garantías eleccionarias, típicas de una constituyente y enmarcadas en normas tanto de la CN como de las leyes. Se ha puesto de lado al depositario único, exclusivo, originario, como es el ciudadano, hacedor de la convocatoria que nace de su raíz primigenia.
Baltazar Gutiérrez