El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) decretó la constitucionalidad del decreto de prórroga por el estado de alarma en todo el territorio nacional, emitido por el Ejecutivo, dada la pandemia del coronavirus que registraba hasta este martes 288 personas contagiadas, de las cuales 117 han recuperado su salud y 10 han fallecido.
La Sala Constitucional del TSJ dio a lugar el decreto Nº 4.186 dictado por el Presidente de la República, Nicolás Maduro «a fin de continuar mitigando y erradicando los riesgos de epidemia relacionados con el coronavirus (Covid-19) y sus posibles cepas, garantizando la atención oportuna, eficaz y eficiente de los casos que se originen, a fin de que el Ejecutivo Nacional continúe adoptando las medidas urgentes, efectivas y necesarias, de protección y preservación de la salud de la población venezolana», reseña nota de prensa del TSJ.
Por otra parte, el decreto constitucional 4.186, asevera que se dicta para dar cumplimiento de todos los parámetros previstos en el texto Constitucional, la Ley Orgánica sobre Estados de Excepción y demás instrumentos jurídicos aplicables, preservando los derechos humanos y en protección del Texto Fundamental.
«El Estado, sus instituciones y el pueblo, razón por la que declaró que el mismo entró en vigencia desde que fue dictado y que su legitimidad, validez, vigencia y eficacia jurídico-constitucional se mantiene irrevocablemente incólume, conforme a lo previsto en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela», refiere.