La Asamblea Nacional (AN) iniciará el periodo de sesiones ordinarias 2023 este jueves 5 de enero a las 11:00 de la mañana.
Este martes, el presidente del Poder Legislativo, diputado Jorge Rodríguez (PSUV/Dtto. Capital), convocó a los 277 para la sesión de instalación que establece la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV) en su artículo 219, que indica el 5 de enero de cada año para iniciar el periodo anual del Parlamento Nacional. Mientras que el Reglamento Interior y de Debates (Ridan) explica el procedimiento para tal fin en los artículos 1 y 2.
Previo a la sesión de instalación, la directiva en funciones, y otros parlamentarios, permanecerán en la Casa Amarilla a la espera de la indicaciones de los funcionarios de protocolo de la AN para desplazarse hacia la Plaza Bolívar donde rendirán honores al Padre de la Patria El Libertador Simón Bolívar, para luego trasladarse al Palacio Federal Legislativo con el fin de iniciar el proceso de instalación de la sesión y la escogencia de la nueva directiva.
El diputado Jorge Rodríguez fungirá como Director de Debate de esta sesión de instalación debido a que cumplió el segundo año como presidente del Legislativo. Le corresponde, por tanto, ocupar la curul correspondiente en la Tribuna de la Junta Directiva y desde allí dirigirá la sesión provisionalmente.
De acuerdo al artículo 3 del Ridan, se anunciará a la diputada o el diputado de más edad como el responsable de dirigir la Comisión de Instalación que tendrá a dos asambleístas, quienes cumplirán la función de secretaria o secretario y subsecretaria o subsecretario accidentales para hacer los procedimientos protocolares establecidos en la ley.
El director de debate debe elegir cinco diputados para revisar las credenciales de todos los parlamentarios presentes en la sesión y así comenzar la lectura de la plancha de los postulados a los cargos, después proceder a votar en Plenaria por quienes integrarán la nueva Junta Directiva de la AN, tal como lo señala el artículo 8 del Ridan.
Al ser elegidos los integrantes de la Directiva, a la presidenta o el presidente, a la primera vicepresidenta o primer vicepresidente y segunda vicepresidenta o segundo vicepresidente, secretaria o secretario y a la subsecretaria o subsecretario,por el período de un año, como lo señala el artículo 194 de la CRBV, serán juramentados por la comisión para luego ocupar su cargo al cual fueron electos por la Cámara Plena.
Seguidamente, el nuevo presidente o presidenta, sentado en su puesto de la tribuna declarará instalada la AN y ordenará informar de este acontecimiento al Poder Ejecutivo, al Poder Judicial, al Poder Ciudadano y al Poder Electoral. Igualmente, la AN participará de su instalación a los voceros y voceras del Poder Popular.
Con la Junta Directiva instalada, la AN comenzará formalmente un nuevo período anual para cumplir sus funciones, tal como lo expresa el 187 constitucional acerca de las atribuciones del Poder Legislativo.