Leíamos recientemente en prensa que las autoridades de protección de datos de ciertos países -entre los que se hallaban Canadá y Países Bajos-, andaban tras la pista de las actuaciones de la empresa norteamericana WhatsApp, por vulnerar supuestamente esta empresa la privacidad de sus usuarios.
El punto caliente del asunto se encuentra en el hecho de que la popular aplicación de mensajería instantánea accede, para prestar el servicio, no solamente a ciertos datos del usuario, como su nombre o su número de teléfono, sino que accede también a la agenda completa de contactos del usuario. Es decir, que WhatsApp accede a nuestra agenda de contactos, sean éstos o no usuarios de la aplicación.
Según hemos podido leer, desde distintas jurisdicciones se ha puesto el grito en el cielo por esta conducta al entender la misma como abusiva, toda vez que los usuarios no tienen la posibilidad de usar la aplicación sin dar acceso a toda su agenda de contactos, la cual se nutre de números de teléfono tanto de usuarios como de no usuarios.
Efectivamente, esto es así. Para poder utilizar WhatsApp aceptamos dar nuestro número de teléfono pero también el número de teléfono de nuestros contactos. Y es ahí donde viene en mi opinión lo relevante. Al aceptar los términos y condiciones del servicio aceptamos lo siguiente:
“In order to access and use the features of the Service, you acknowledge and agree that you will have to provide WhatsApp with your mobile phone number. You expressly acknowledge and agree that in order to provide the Service, WhatsApp may periodically access your contact list and/or address book on your mobile device to find and keep track of mobile phone numbers of other users of the Service. (…) You hereby give your express consent to WhatsApp to access your contact list and/or address book for mobile phone numbers in order to provide and use the Service.”
Es decir, consentimos expresamente que WhatsApp acceda a nuestro número de teléfono pero también consentimos que acceda a nuestra lista de contactos. Dicho de otro modo, cuando aceptamos los términos y condiciones de WhatsApp suscribimos un contrato con WhatsApp en cuya virtud aceptamos recibir un servicio gratuito a cambio de, entre otras cosas, nuestra agenda de contactos. Y yo me pregunto ¿quién es culpable aquí de que mi número de teléfono lo tenga WhatsApp si yo nunca se lo he dado a WhatsApp ni he permitido a ningún tercero que se lo entregase? ¿Es culpable WhatsApp por imponer unas condiciones (en opinión de algunos abusivas) o el usuario que a cambio de recibir un servicio gratuito no duda en firmar un contrato sin leer y ceder a un tercero su libreta de contactos?
Juzguen ustedes mismos. Yo ya lo he hecho.
Alejandro Touriño @AlexTourino de La Informacion