La nueva Ley Penal del Ambiente, que entró en vigencia el pasado 1º de agosto, establece sanciones como multas y prisión para las personas que incumplan esta normativa que busca preservar los recursos naturales del país.
Entre las infracciones se contempla la edificación en terrenos no aptos, ocupación ilícita de áreas naturales protegidas, acceso a los recursos genéticos sin autorización, pesca, caza e incendios, refiere un boletín del Ministerio del Ambiente. En el caso de los agricultores que incineran para sembrar y por tanto afecten a otras áreas naturales no previstas, un tribunal podrá condenarlos basándose en el artículo 65 de la mencionada ley, que establece:
«La persona natural o jurídica que provoque un incendio en selvas, bosques, sabanas o cualquier área cubierta de vegetación natural, será sancionada con prisión de uno a seis años o multa de 1.000 Unidades Tributarias (UT) a 6.000. Si las áreas incineradas colindan con bosques que surtan de agua a las poblaciones, la pena será de dos a siete años o multa de 2.000 a 7.000 UT».
Esta nueva ley contempla un total de 74 delitos, de los cuales 29 son nuevos y el resto son modificaciones de fondo y de forma realizada a otras normativas ambientales, como la Ley Sobre Sustancias, Materiales y Desechos Peligrosos; Ley de Bosques y Gestión Forestal y Ley de Gestión de la Diversidad Biológica.
Asimismo, el artículo 110 de la referida ley contempla que los propietarios de fuentes fijas o establecimientos que generen ruidos tendrán una sanción de arresto o pecuniaria. AVN