Instalación de filtro no lesiona derecho alguno en urbanización Ciudad Casarapa

 El aparato fue instalado en un área que no perjudica a la propietaria de un apartamento en El Arado.

La comunidad de El Arado 9, urbanización Nueva Casarapa, en Guarenas, familias y junta de condominio mediante un comunicado aclararon sobre los señalamientos que hiciera recientemente Cristina Guilarte respecto del retiro y reubicación del filtro de agua potable que instalaron en las áreas comunes  del edificio.
Como es del conocimiento público, revela, el agua suministrada por Hidrocasarapa bajo la administración del Municipio Plaza carece de calidad para el consumo y para su uso ordinario en actividades de limpieza e higiene.
Manifiestan que el deterioro de la calidad del agua, la alta sedimentación y malos olores que expele, han venido afectando la salud de la comunidad de El Arado 9 y de todo el conjunto residencial El Arado; las enfermedades de la piel, alergias, sarpullidos y caída del cabello,  tapiado de tuberías, llaves y tuberías de acceso de agua al edificio, son constantes y su deterioro se ha agravado al punto de descomponer equipos electrodomésticos, tuberías internas y ropa, aumentado gastos para el presupuesto familiar en reposición de equipos, reparación de tuberías, llaves y mantenimiento de tuberías comunes, entre otros  servicios que han, tal afirman, debido contratar para destapar tuberías de acceso de agua al edificio.
El deterioro del agua les llevó a adquirir un filtro de uso común con la capacidad necesaria para garantizar mejora y acceso al agua en particular los apartamentos de los últimos pisos los cuales eran los primeros en quedarse sin agua cada vez que se tapaban las tuberías.

No se lesiona ningún derecho
Esta decisión sigue narrando, sobre la adquisición e instalación, fue ampliamente revisada por la comunidad, así como también las posibles alternativas de ubicación en otra parte a la escogida, debido a las quejas de la ciudadana Guilarte, pero no fueron viables.
Queremos hacer de conocimiento público “no es cierto que se lesionen los derechos de la propietaria única en quejarse de la ubicación del filtro de agua, puesto que el mismo fue ubicado en las áreas comunes del edificio 9, por demás pequeñas.  No se encuentra frente a la puerta de ninguno de los propietarios, no entra en contacto con las paredes de la propietaria Cristina Guilarte, así como tampoco ninguna otra; simplemente se encuentra del lado del pasillo central común, más cercano a su propiedad, sin que afecte el valor de su propiedad, por el contrario, revaloriza la propiedad de todos, porque garantiza acceso constante al agua (aunque no agua potable), menor costo del condominio y  menor impacto en el deterioro de su propiedad.
Tampoco, dice,  no es cierto que la comunidad no haya tratado de llegar a acuerdos sobre la ubicación del filtro, dada la objeción de la propietaria del planta baja, o que no haya evaluado otras posibilidades de ubicación del filtro.

Comunidad en pleno aprobó instalación
El informe de los bomberos entregado al Sindico Procurador del municipio Plaza,  recomendó la colocación del filtro de agua en las áreas externas al edificio, pertenecientes al conjunto residencial en su totalidad. concretamente en los jardines del conjunto, que no pertenecen al edificio 9.
La comunidad no consideró que la colocación de un filtro de agua – 1,5 de alto y aproximadamente 90 cm de circunferencia  en áreas comunes – para mejora del agua fuese una “construcción” de grandes magnitudes,  que exigiera la permisología de Ingeniería Municipal, como no lo fue el revestimiento de los pisos y la colocación de rejas de protección.   No se trata de la junta de condominio, sino de la comunidad en su totalidad, excepto de la Sra. Guilarte.

Jairo Garzón Romero
j.jgarzon.r@hotmail.com
Twitter: @ jaigarom

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