La intendente nacional de Tributos Internos, Fanny Márquez, precisó que a las sanciones del Código Orgánico Tributario se incorporaron dos ilícitos penales, uno referido a la insolvencia fraudulenta; y otro a la instigación pública al incumplimiento de la normativa tributaria.
Comentó que las modificaciones al instrumento garantizarán una mayor recaudación. “Antes las personas se insolentaban fraudulentamente y no había manera de cómo perseguirlos pues no estaba establecido como delito tributario”, aclaró.
En entrevista a Unión Radio añadió que adicionalmente se decidió aumentar a seis años el lapso de prescripción para perseguir al contribuyente infractor. “Antes era de cuatro años para las personas que han declarado pero que lo han hecho fraudulentamente; y para aquellas personas que nunca han declarado se sube de seis a diez el lapso de prescripción”, señaló.
Entre otra modificación se estableció incorporar a los consejos Comunales como auxiliares de la Administración Tributaria. «El papel será de una especie de contraloría social, ellos no estan habilitados para cerrar o fiscalizar, van a tener la posibilidad de informar e informar sobre las infracciones tributarias que estén cometiendo los contribuyentes más cercanos a la zona que operan, e incluso tendrán una orientación y cursos por parte del Seniat», informó.