Quienes tuvieron ingresos por más de Bs 90.000 deben realizar el proceso. Para el cálculo, la Unidad Tributaria (UT) de referencia es 90 bolívares, porque era el valor vigente en 2012
Las personas naturales tienen 14 días para realizar la declaración del Impuesto sobre la Renta (ISLR). El 31 de marzo vence el plazo para cumplir con la obligación tributaria, pero ese día es domingo, por lo cual las autoridades informaron que solamente el pago se puede efectuar hasta el lunes 1 de abril. Los contribuyentes que tienen que hacer este proceso son aquellos que en el ejercicio pasado tuvieron un enriquecimiento neto superior a 1.000 unidades tributarias (90.000 bolívares). Para el cálculo, la Unidad Tributaria (UT) de referencia es 90 bolívares, porque era el valor vigente en 2012.
Para realizar la declaración del tributo las personas requieren el RIF (Registro de Información Fiscal) actualizado y la información detallada de los ingresos, que debe incluir la retención de impuestos efectuadas en el transcurso de 2012. Si no se cuenta con el RIF vigente tiene que tramitarse a través de la página web del Servicio Nacional Integrado de Administración Tributaria y Aduanera (www.seniat.gob.ve). Allí las personas se registran, llenan el formulario y posteriormente acuden a una sede del organismo con la documentación solicitada (copias de recibos de algún servicio y cédulas de identidad de las cargas familiares) a fin de que les puedan entregar el comprobante con el número.
Procesos siguientes
Una vez que se tenga el RIF se procede a la declaración por la vía electrónica o por medio de la planilla DPN 25 (que se adquiere en las sedes del organismo o en oficinas de Ipostel). Aunque están permitidos dos sistemas, desde 2009 las autoridades tributarias realizaron ajustes en los procesos, y aquellas personas naturales que deben efectuar la declaración del tributo, pero su pago al final es 0 (cero) tienen que hacer el proceso sólo por la vía electrónica. Quienes declaren y tengan que pagar alguna cantidad pueden usar la forma DPN 25 o Internet. La cancelación que hay efectuarla en las instituciones financieras autorizadas por el organismo tributario. Si el monto a pagar es alto, se puede cancelar en tres partes. La primera porción se liquida al momento de efectuar la declaración y el resto en las fechas que notifique el Seniat. Las normas tributarias señalan que en el caso de los empleados públicos, la única vía para efectuar la declaración del impuesto es la electrónica. Agencias
Sanciones
El incumplimiento de esta obligación implica la aplicación de sanciones, según el Código Orgánica Tributario. Aquellos contribuyentes que realicen la declaración del ISLR después del plazo serán sancionados con una multa de 5 UT (450 bolívares) que puede elevarse a un máximo de 25 UT (2.250 bolívares). Si no se realiza la declaración, las personas recibirán multas de 10 UT (900 bolívares). Las normas permiten que esas multas lleguen hasta 50 UT (4.500 bolívares).